El Ayuntamiento agilizará las obras en las cañadas Morcillo y Mendoza para frenar las inundaciones en la huerta

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El proceso de contratación de las obras recogidas en el proyecto contra las avenidas en las Cañadas de Morcillo y de Mendoza podrá agilizarse porque el Ministerio de Transición Ecológica ha publicado que el proyecto no necesita someterse al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria.

El alcalde de Molina de Segura, Eliseo García Cantó, ha mostrado su satisfacción por la decisión del Ministerio porque esta decisión, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 27 de septiembre, permitirá iniciar las actuaciones lo antes posible con el fin de disminuir el caudal punta que llega al río Segura para reducir el riesgo de inundación, especialmente en la Huerta de Arriba y Huerta de Abajo, con la construcción de lagunas naturales

La idea de este proyecto surgió de la Mesa de Trabajo sobre las Inundaciones en la Huerta, que coordina el Ayuntamiento de Molina de Segura, y en la que participan vecinos de la Huerta de Arriba, Huerta de Abajo y El Llano, el Heredamiento Regante de Molina y técnicos municipales de las áreas de Urbanismo, Medio Ambiente, Vía Pública, Agricultura y Protección civil. En marzo de 2019 se invitó a participar en dicha Mesa de Trabajo al Jefe de Servicio de Hidrología de la Comisaría de Aguas (CHS), Francisco Roselló Villaroig, coordinador del Proyecto.

La resolución publicada en el BOE de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental estima que no es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto, ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la citada resolución.

La propia Confederación Hidrográfica del Segura solicitó a la referida Dirección General el inicio de un procedimiento de evaluación ambiental simplificada del proyecto, incluido en el grupo de Proyectos de Ingeniería Hidráulica y Gestión del Agua, apartado de Presas y otras instalaciones destinadas a retener el agua o almacenarla, siempre que se den uno de los supuestos contemplados de la Ley de Evaluación Ambiental.

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