Dieciséis penados realizarán trabajos en beneficio de la comunidad en Molina de Segura
Un total de dieciséis penados por delitos leves podrán cumplir sus penas de trabajo en beneficio de la comunidad en Molina de Segura, en virtud del convenio suscrito entre el Ayuntamiento y el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Según la concejala de Recursos Humanos, Isabel Gadea, el acuerdo comenzará a ejecutarse en un mes y los penados realizarán labores de mantenimiento de parques y jardines en el municipio. El convenio también está abierto a que puedan realizar a tareas de limpieza viaria durante los fines de semana a través de la empresa de servicios comunitarios, Sercomosa, que está participada en un 51 por ciento por el Ayuntamiento. Gadea aclaró que el número de plazas podría ampliarse en un futuro.
El director del Centro de Inserción Social Guillermo Miranda, Carlos Fernández Gómez, y el jefe de servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, Enrique Moreno-Ventas Fernández, indicaron que el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, asume las obligaciones para la cobertura de las contingencias que corresponden al Instituto Nacional de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los penados, por los días de prestación efectiva del trabajo desarrollado en beneficio de la comunidad, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad
Asimismo, al tener a su cargo los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, le corresponde la gestión, coordinación y seguimiento de la pena, mediante contactos con los responsables del trabajo del Ayuntamiento. Carlos Fernández incidió en que este acuerdo supondrá que la gente de Molina pueda realizar sus servicios a la comunidad en su propio municipio.
Por su parte, el Ayuntamiento de Molina de Segura se compromete a facilitar un número de plazas a los penados a trabajos en beneficio de la comunidad y a impartir los conocimientos necesarios para que la actividad desplegada por los penados pueda ser cumplida eficazmente, facilitando el material necesario para la realización de la tarea encomendada.
El Ayuntamiento deberá remitir a los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, el Anexo II cumplimentado con los datos sobre las plazas que se indican. Dichos servicios valorarán al penado con el fin de determinar la actividad más adecuada e informarán al mismo de las distintas plazas existentes, con indicación expresa de su cometido y del horario en que deberán realizar la actividad, conforme al catálogo de plazas que haya remitido el Ayuntamiento de acuerdo con el Anexo II del convenio.
Una vez realizada la valoración y seleccionada la tarea a desarrollar, los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, trasladarán al Ayuntamiento la información necesaria para el adecuado desenvolvimiento de las actividades asignadas.
Sin retribuciones
La actividad que realice el penado no será retribuida y en ningún caso se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral, o de carácter estatutario, como consecuencia de la actividad desarrollada por el penado con motivo del presente convenio, ni para la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ni para el Ayuntamiento.
Durante el cumplimiento de la condena el penado deberá seguir las instrucciones recibidas de la Autoridad Judicial competente y de los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. En cuanto al desarrollo de las tareas a realizar, el penado deberá seguir las directrices de la unidad en la que preste su tarea, en el ámbito de actuación y competencias del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento informará a los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias de la actividad que vaya siendo desarrollada por el penado y de las incidencias relevantes , como pueden ser ausencias del trabajo o abandonos injustificados; rendimiento sensiblemente inferior al mínimo exigible; oposición o incumplimiento reiterado y manifiesto a las instrucciones del responsable de la ocupación; y cuando su conducta sea tal que el responsable de la actividad se negara a mantenerle en la misma.
El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, otorgó en 2010 la Medalla de Plata al Mérito Social Penitenciario por su contribución en la tarea de reinserción social al Ayuntamiento de Molina de Segura.